Hemeroteca del mes junio 2009
Publicado por: acn in consejos
Quienes acepten o tengan un cheque o pagaré en sus manos o se dispongan a aceptar alguno de estos instrumentos en pago de una deuda, es muy importante que se cuiden de que el contenido del documento cambiario cumple todos los requisitos legales y de los derechos, plazos perentorios y los derechos que le asisten:
La regulación de los efectos mercantiles está recogida en la Ley Cambiaria y del Cheque 19/1985 de 16 de julio.
En caso de que el pago de una deuda se efectúe mediante la entrega de un efecto mercantil (letra de cambio, pagaré, cheque o talón) lo primero que conviene revisar es que dicho efecto cumple las formalidades mínimas exigidas por la Ley.
Ejemplo: nombre del que ha de pagar (librado); nombre de a quién se ha de pagar; fecha del pago o vencimiento (si no se indica se considerará pagadero a la vista); lugar y fecha de expedición y firma del emisor-librador.
También es importante verificar si incluye cláusulas especiales como “No a la orden” (para limitar los efectos del endoso); valor en garantía o en prenda (para cobranza solo); sin gastos o sin protesto (para eximir de levantar el protesto).
Todos estos efectos se pueden endosar o descontar en entidades bancarias para anticipar el cobro de su nominal.
Llegada la fecha de vencimiento el efecto se ha de presentar al cobro en los siguientes plazos:
Letra de cambio: 2 días siguientes hábiles al vencimiento.
Pagaré: 2 días siguientes hábiles al vencimiento.
Cheque Es pagadero a la vista, debiendo presentarlo al cobro en un plazo de 15 días.
La acción cambiaria, en caso de impago, puede ser directa contra el avalista o aceptante o de regreso contra endosantes, librador o cualquier otro obligado, anticipándose al vencimiento cuando se haya denegado el pago o el librado se encuentre en concurso de acreedores.
La falta de pago debe hacerse constar mediante protesto notarial o declaración cambiaria equivalente de la Cámara de Compensación, a través de la oficina en la que se presente al cobro.
Acreditado el impago de la letra o pagaré se pueden interponer las correspondientes acciones cambiarias, teniendo en cuenta que dichas acciones contra los aceptantes prescriben a los tres años del vencimiento, y contra los endosantes y librados, al año desde el protesto o declaración equivalente. Las acciones de un endosante contra otros endosantes o librador prescriben a los seis meses desde el pago o demanda interpuesta contra él.
En caso de cheque las acciones del tenedor contra endosantes, librados o demás obligados prescriben a los seis meses desde la finalización del plazo de presentación.
En conclusión, habrá que presentar al cobro los efectos y en caso de impago interponer las acciones procedentes, todo ello, atendiendo a los plazos perentorios anteriormente indicados.
Monserrat Cabezas
Licenciada en Derecho / Oficial Notaría
No hay comentarios »

DENUNCIA SILENCIOS Y DEJACION DE COMPETENCIAS: AYUNTAMIENTOS, DIPUTACIONES Y XUNTA DE GALICIA
Competencias sobre los núcleos y carencias del rural
Las diputaciones provinciales y los ayuntamientos y por lo tanto la Diputación Provincial de Lugo y el Concello de Becerreá tienen la titularidad de las competencias sobre las carencias en dotaciones, infraestructuras y servicios básicos de los núcleos de población (aldeas y parroquias del rural), junto con la XUNTA DE GALICIA, a las que incumbe tomar como Administraciones públicas que son los acuerdos y decisiones sobre las peticiones formuladas primero por los vecinos y luego por la Asociación Castaño y Nogal durante el último año, conforme a lo establecido en la Ley de Régimen Local y demás leyes sectoriales, iniciativas propias y/o en colaboración que impulsen y propicien:
-
El desarrollo comunitario y establecimiento de servicios básicos,
-
La ordenación del territorio y las obras públicas,
-
El aprovechamiento forestal, las vías pecuarias, la regulación de los montes vecinales en mano común,
-
La promoción del turismo,
-
El desarrollo de la agricultura, la ganadería y la pesca interior,
-
El desarrollo y ejecución de programas de actuación referidos a comarcas deprimidas o en crisis, como las aquí citadas,
-
La promoción del deporte y el ocio,
-
La asistencia social, especialmente a las personas dependientes y discapacitados,
-
La protección del medio ambiente,
-
Aprobación de una ordenanza no fiscal sobre limitación de plantaciones arbóreas en el municipio.
-
Reconocer la personalidad jurídica a la parroquia rural; y
Todo ello bajo criterios y parámetros de relación inversa entre la renta media entre los residentes en las tres parroquias citadas y las medias de la Comunidad Autónoma y la media estatal; así como de
La relación entre los índices de déficit en servicios sociales e infraestructuras que afecten al territorio de las tres parroquias respecto de la Comunidad y al conjunto del Estado.
Prestaciones e infraestructuras dependientes y 3ª edad

A lo anterior hay que añadir las prestaciones reconocidas en la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, especialmente en materia de habilitación de dotaciones e infraestructuras básicas para los dependientes y la tercera edad, como el Centro de Día en el que se pretende convertir la antigua escuela unitaria de Quintá de Cancelada, cerrada, sin utilidad alguna, negado por el Concello de Becerreá el uso de la misma a esta Asociación y cedida puntualmente a otra para una fiesta-magosto de cargos del equipo de Gobierno, cuya discriminación y negativa denunciamos nuevamente, lo que supone una vulneración flagrante del mandato establecido en la vigente Ley de Asociaciones.
Incumplimiento mandato constitucional y legal de tramitar peticiones
La pasividad demostrada por el Concello de Becerreá, su Corporación, su Alcalde, la Diputación Provincial de Lugo, su Corporación y de su Presidente, así como de las diferentes consellerías de la XUNTA DE GALICIA, tanto en la etapa en que la Administración Autonómica estaba presidida por el Sr. Fraga, como en la legislatura anterior por los Srs. Touriño-Quintana y ahora por el Sr. Núñez Feijóo, no han hecho absolutamente nada, pese al mandato constitucional y legal de tramitar las peticiones plantadas, reproducidas en esta página web/blog, al amparo de los derecho fundamental reconocido en el artículo 29 de la Constitución española y Ley 4/2001, reguladora del derecho de petición ejercido por la Asociación Castaño y Nogal, en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es inadmisible, máxime cuando las peticiones formuladas son encuadrables en el Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2007 – 2013, dotado con 1.493, 9 millones de euros, extremo reconocido por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, en escrito del 11 de septiembre de 2008.
La Ley reguladora del Derecho de Petición presta singular atención a las obligaciones de los poderes públicos y autoridades destinatarias de las peticiones, de conformidad con los pronunciamientos establecidos por la doctrina del Tribunal Constitucional, siendo doctrina reiterada la obligación de los destinatarios públicos de las peticiones de acusar recibo de las recibidas y, la obligación de tramitarlas y contestarlas adecuadamente, cosa que no han cumplido los altos cargos de la Xunta de Galicia ni la Diputación Provincial de Lugo ni tampoco el Ayuntamiento ni el Alcalde Presidente del Concello de Becerreá, lo que constituye un incumplimiento flagrante del ordenamiento jurídico y un desprecio y desconsideración con los vecinos de Cancelada, al tiempo que una ineficacia total como servidores y gestores públicos, sin paliativos ni distinción partidaria.

La nueva Xunta tiene que tramitar lo solicitado por ACN
Es hora de que el Equipo de la nueva XUNTA DE GALICIA, presidida por Alberto Núñez Feijóo y sus Conselleiros de Medio Rural, de Medio Ambiente, de Trabajo y Benestar Social y de Cultura comiencen a ocuparse y a tramitar las peticiones formuladas por la Asociación Castaño y Nogal y cumplan también ellos como titulares de las competencias administrativas lo establecido en:
-
Las Directivas de la Unión Europea en materia de Desarrollo Regional,
-
El Estatuto de Autonomía de Galicia, aprobado por Ley Orgánica, 1/1981,
-
Las competencias transferidas por Real Decrerto 456/1982, de 15 de diciembre,
-
Las competencias de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y
-
Las prestaciones y competencias de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
¿El parlamento de Galicia existe? ¿sirve para algo?
Asimism o, la Mesa del Parlamento de Galicia no ha tramitado ni se ha ocupado de los asuntos del rural planteados por esta misma Asociación en julio de 2008, sobre lo que la presidencia entregó a los Portavoces de los tres grupos representados en el Parlamento de Galicia: PP-G, PS-G y BNG copia del dossier y peticiones entregadas en la sesión de la Mesa del Parlamento celebrada el 24 de julio de 2008 y escritos incorporados posteriormente al mismo Expediente, en pro de una MOCIÓN o proyecto no de ley de Actuación Especial Piloto para las aldeas de las parroquias de Quintá de Cancelada, Sevane y Villamane, en coordinación otras Administraciones Públicas, incardinadas en un marco geográfico más amplio como podrían ser la rivera del Río Navia y Los Ancares, a incluir en los Presupuestos y medidas de acompañamiento de la XUNTA DE GALICIA para el año 2009 y siguientes, como actuación urgente y prioritaria, silencio y falta de iniciativas que expresamente denunciamos y reprobamos como asociación, ciudadanos y contribuyentes.
¿Hasta cuando van a seguir discriminando a Cancelada?
Resulta descorazonador que tanto la Administración autonómica como la local (provincial y municipal) y los tres grupos parlamentarios del Parlamento de Galicia no tomaran iniciativa alguna sobre los solicitado por ACN en materia de infraestructuras y servicios básicos y de pequeño coste presupestario, que expresamente denunciamos como asociación vertebradora de las carencias del rural, integrada por ciudadanos y contribuyentes que si cumplen con su obligaciones legales, tributarias y ciudadanas sin que dichas Administraciones y el Parlamento de Galicia ni los grupos del PP-G, PS-G y BNG cumplan ni siquiera mínimamente con los núcleos y vecinos del rural.
La discriminación histórica y sistemática con Cancelada, incluso con cargo al Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2007 – 2013, en los presupuesto de Xunta de Galicia, así como de la Diputación Provincial de Lugo y del Concello de Becerreá, partiendo de la constatación de carencia de infraestructuras, servicios y dotaciones para combatir el desequilibrio y agravio comparativo con otras zonas del rural gallego y de la constatación estadística de una renta por habitante inferior a la media nacional, gallega y provincial no es soportable por más tiempo, por lo que esta Asociación se empleará a fondo para conseguir que las referidas Administraciones cumplan las directivas comunitarias en materia de desarrollo de territorios/regional, el Estatuto de Autonomía y el mandato constitucional de no discriminar a los ciudadanos al programar inversiones y servicios públicos en Cancelada, rivera del Río Navia y ámbito Red Natura de los Ancares, que tiene potencialidades de gran interés en materia medio ambiental, forestal, turismo rural, ganadero, caza, pesca y otras.
A continuación recordamos algunas de las denuncias/peticiones ya expuestas en este blog en los últimos meses:
La Junta Directiva
No hay comentarios »
Publicado por: acn in consejos
Recientemente el Tribunal Supremo (TS) ha modificado su criterio sobre los requisitos que las empresas deben cumplir para instar un proceso judicial contra la Administración. Así, el TS ahora diferencia entre el mero poder de representación, que tan sólo acredita que el apoderado está facultado para actuar válida y eficazmente en nombre y por cuenta del representado; y la decisión particular de litigar, que tendrá que adoptarse -caso por caso- por el órgano social facultado para ello, entendiéndose que no queda acreditada tal decisión mediante el otorgamiento de un poder general para pleitos.
Por tanto, las sociedades deberán acreditar ante el órgano judicial correspondiente que el acuerdo de interponer ese recurso en particular se ha adoptado por el órgano societario competente, o bien aportar un documento que, además de otorgar la representación con la que actúa el compareciente, incorpore la acreditación de aquel acuerdo. En caso contrario, se inadmitiría el recurso.
Es evidente que esta interpretación del TS podrá conllevar la inadmisión de un ingente número de recursos, por lo que cautelarmente deberá procederse a la oportuna revisión estatutaria al objeto de garantizar el cumplimiento de este nuevo requisito procesal y así poder preservar en sede judicial la defensa de sus legítimos intereses.
Monserrat Cabezas
Licenciada en Derecho / Oficial Notaría
No hay comentarios »

DENUNCIA SILENCIOS Y DEJACION DE COMPETENCIAS: AYUNTAMIENTOS, DIPUTACIONES Y XUNTA DE GALICIA
Competencias sobre los núcleos y carencias del rural
Las diputaciones provinciales y los ayuntamientos y por lo tanto la Diputación Provincial de Lugo y el Concello de Becerreá tienen la titularidad de las competencias sobre las carencias en dotaciones, infraestructuras y servicios básicos de los núcleos de población (aldeas y parroquias del rural), junto con la XUNTA DE GALICIA, a las que incumbe tomar como Administraciones públicas que son los acuerdos y decisiones sobre las peticiones formuladas primero por los vecinos y luego por la Asociación Castaño y Nogal durante el último año, conforme a lo establecido en la Ley de Régimen Local y demás leyes sectoriales, iniciativas propias y/o en colaboración que impulsen y propicien:
-
El desarrollo comunitario y establecimiento de servicios básicos,
-
La ordenación del territorio y las obras públicas,
-
El aprovechamiento forestal, las vías pecuarias, la regulación de los montes vecinales en mano común,
-
La promoción del turismo,
-
El desarrollo de la agricultura, la ganadería y la pesca interior,
-
El desarrollo y ejecución de programas de actuación referidos a comarcas deprimidas o en crisis, como las aquí citadas,
-
La promoción del deporte y el ocio,
-
La asistencia social, especialmente a las personas dependientes y discapacitados,
-
La protección del medio ambiente,
-
Aprobación de una ordenanza no fiscal sobre limitación de plantaciones arbóreas en el municipio.
-
Reconocer la personalidad jurídica a la parroquia rural; y
Todo ello bajo criterios y parámetros de relación inversa entre la renta media entre los residentes en las tres parroquias citadas y las medias de la Comunidad Autónoma y la media estatal; así como de
La relación entre los índices de déficit en servicios sociales e infraestructuras que afecten al territorio de las tres parroquias respecto de la Comunidad y al conjunto del Estado.
Prestaciones e infraestructuras dependientes y 3ª edad

A lo anterior hay que añadir las prestaciones reconocidas en la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, especialmente en materia de habilitación de dotaciones e infraestructuras básicas para los dependientes y la tercera edad, como el Centro de Día en el que se pretende convertir la antigua escuela unitaria de Quintá de Cancelada, cerrada, sin utilidad alguna, negado por el Concello de Becerreá el uso de la misma a esta Asociación y cedida puntualmente a otra para una fiesta-magosto de cargos del equipo de Gobierno, cuya discriminación y negativa denunciamos nuevamente, lo que supone una vulneración flagrante del mandato establecido en la vigente Ley de Asociaciones.
Incumplimiento mandato constitucional y legal de tramitar peticiones
La pasividad demostrada por el Concello de Becerreá, su Corporación, su Alcalde, la Diputación Provincial de Lugo, su Corporación y de su Presidente, así como de las diferentes consellerías de la XUNTA DE GALICIA, tanto en la etapa en que la Administración Autonómica estaba presidida por el Sr. Fraga, como en la legislatura anterior por los Srs. Touriño-Quintana y ahora por el Sr. Núñez Feijóo, no han hecho absolutamente nada, pese al mandato constitucional y legal de tramitar las peticiones plantadas, reproducidas en esta página web/blog, al amparo de los derecho fundamental reconocido en el artículo 29 de la Constitución española y Ley 4/2001, reguladora del derecho de petición ejercido por la Asociación Castaño y Nogal, en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es inadmisible, máxime cuando las peticiones formuladas son encuadrables en el Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2007 – 2013, dotado con 1.493, 9 millones de euros, extremo reconocido por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, en escrito del 11 de septiembre de 2008.
La Ley reguladora del Derecho de Petición presta singular atención a las obligaciones de los poderes públicos y autoridades destinatarias de las peticiones, de conformidad con los pronunciamientos establecidos por la doctrina del Tribunal Constitucional, siendo doctrina reiterada la obligación de los destinatarios públicos de las peticiones de acusar recibo de las recibidas y, la obligación de tramitarlas y contestarlas adecuadamente, cosa que no han cumplido los altos cargos de la Xunta de Galicia ni la Diputación Provincial de Lugo ni tampoco el Ayuntamiento ni el Alcalde Presidente del Concello de Becerreá, lo que constituye un incumplimiento flagrante del ordenamiento jurídico y un desprecio y desconsideración con los vecinos de Cancelada, al tiempo que una ineficacia total como servidores y gestores públicos, sin paliativos ni distinción partidaria.

La nueva Xunta tiene que tramitar lo solicitado por ACN
Es hora de que el Equipo de la nueva XUNTA DE GALICIA, presidida por Alberto Núñez Feijóo y sus Conselleiros de Medio Rural, de Medio Ambiente, de Trabajo y Benestar Social y de Cultura comiencen a ocuparse y a tramitar las peticiones formuladas por la Asociación Castaño y Nogal y cumplan también ellos como titulares de las competencias administrativas lo establecido en:
-
Las Directivas de la Unión Europea en materia de Desarrollo Regional,
-
El Estatuto de Autonomía de Galicia, aprobado por Ley Orgánica, 1/1981,
-
Las competencias transferidas por Real Decrerto 456/1982, de 15 de diciembre,
-
Las competencias de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y
-
Las prestaciones y competencias de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
¿El parlamento de Galicia existe? ¿sirve para algo?
Asimism o, la Mesa del Parlamento de Galicia no ha tramitado ni se ha ocupado de los asuntos del rural planteados por esta misma Asociación en julio de 2008, sobre lo que la presidencia entregó a los Portavoces de los tres grupos representados en el Parlamento de Galicia: PP-G, PS-G y BNG copia del dossier y peticiones entregadas en la sesión de la Mesa del Parlamento celebrada el 24 de julio de 2008 y escritos incorporados posteriormente al mismo Expediente, en pro de una MOCIÓN o proyecto no de ley de Actuación Especial Piloto para las aldeas de las parroquias de Quintá de Cancelada, Sevane y Villamane, en coordinación otras Administraciones Públicas, incardinadas en un marco geográfico más amplio como podrían ser la rivera del Río Navia y Los Ancares, a incluir en los Presupuestos y medidas de acompañamiento de la XUNTA DE GALICIA para el año 2009 y siguientes, como actuación urgente y prioritaria, silencio y falta de iniciativas que expresamente denunciamos y reprobamos como asociación, ciudadanos y contribuyentes.
¿Hasta cuando van a seguir discriminando a Cancelada?
Resulta descorazonador que tanto la Administración autonómica como la local (provincial y municipal) y los tres grupos parlamentarios del Parlamento de Galicia no tomaran iniciativa alguna sobre los solicitado por ACN en materia de infraestructuras y servicios básicos y de pequeño coste presupestario, que expresamente denunciamos como asociación vertebradora de las carencias del rural, integrada por ciudadanos y contribuyentes que si cumplen con su obligaciones legales, tributarias y ciudadanas sin que dichas Administraciones y el Parlamento de Galicia ni los grupos del PP-G, PS-G y BNG cumplan ni siquiera mínimamente con los núcleos y vecinos del rural.
La discriminación histórica y sistemática con Cancelada, incluso con cargo al Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2007 – 2013, en los presupuesto de Xunta de Galicia, así como de la Diputación Provincial de Lugo y del Concello de Becerreá, partiendo de la constatación de carencia de infraestructuras, servicios y dotaciones para combatir el desequilibrio y agravio comparativo con otras zonas del rural gallego y de la constatación estadística de una renta por habitante inferior a la media nacional, gallega y provincial no es soportable por más tiempo, por lo que esta Asociación se empleará a fondo para conseguir que las referidas Administraciones cumplan las directivas comunitarias en materia de desarrollo de territorios/regional, el Estatuto de Autonomía y el mandato constitucional de no discriminar a los ciudadanos al programar inversiones y servicios públicos en Cancelada, rivera del Río Navia y ámbito Red Natura de los Ancares, que tiene potencialidades de gran interés en materia medio ambiental, forestal, turismo rural, ganadero, caza, pesca y otras.
A continuación recordamos algunas de las denuncias/peticiones ya expuestas en este blog en los últimos meses:
La Junta Directiva
1 comentario »
Publicado por: acn in economía, General

Alemany apuesta por un pacto social para «volver a empezar» tras la crisis
Salvador Alemany aprovechó ayer la inauguración de la XXV Reunión Círculo de Economía para reclamar un cambio de actitud a partidos políticos y agentes económicos y sociales, a los que emplazó a consensuar un pacto de estabilidad que permita superar una crisis que calificó de grave. Según dijo, hay que «compartir con generosidad los protagonismos, no siempre populares, y los sacrificios necesarios para superar esta situación».
Crisis económica
Fue toda una declaración de principios en la primera sesión de unas jornadas por las que van a pasar líderes destacados del mundo político. Ayer empezaron con el ministro José Blanco, el conseller Antoni Castells y el presidente de CiU, Artur Mas, y en las que hoy intervendrán el president José Montilla, el líder popular Mariano Rajoy y el portavoz de CiU Josep Antoni Duran Lleida. Y es que el Cercle lleva meses abogando por un acuerdo, al estilo de lo que fueron en su día los pactos de la Moncloa, y lamentando que el tacticismo político «haya impedido hasta ahora una unidad para volver a empezar, con este mundo nuevo que emergerá tras la crisis».
La pregunta clave es si la crisis ha tocado ya fondo y por eso se ha escogido el lema «Hablemos de recuperación» como hilo conductor de las jornadas. Según Alemany, se ha querido dar «una visión positiva no basada en un voluntarismo estéril que persiga signos de recuperación prematuros o,  como mínimo, discutibles, sino fundamentada en un realismo que reconoce en la sociedad española y catalana un potencial muy superior al de cualquier época precedente, gracias a su ingente esfuerzo de los últimos años». Por ello, prosiguió: «No compartimos algunas valoraciones de la situación española, hechas desde dentro y desde fuera de nuestro país, como si el esfuerzo de la última década se hubiera reducido a una fiesta que ya ha terminado».
Para Alemany, no hay ninguna duda de que el país es capaz de salir adelante si «abandonamos el lenguaje vacío y acertamos en las decisiones». Porque, para el presidente del Cercle, hay que abandonar «la actitud de resistir, propia de los periodos de crisis, para acercarnos a la de volver a empezar, conscientes, esto sí, de que individual y colectivamente disponemos de una mayor experiencia y, por supuesto, de un mejor bagaje colectivo del que teníamos cuando cada uno inició su propio proyecto».
El «volver a empezar» que propone el Cercle implica un cambio de modelo productivo. «Hará falta tanta imaginación y coraje para innovar como realismo y modestia para reforzarnos en el compromiso y la exigencia», declaró Alemany. Pero admitió el «efecto multiplicador» que tiene la actividad de la construcción y, por eso, reclamó al ministro Blanco un ambicioso plan de inversiones en infraestructuras. «En un momento de intensa corrección de la construcción residencial, la inversión en obra civil puede suponer un mecanismo de reequilibrio aunque sea parcial».
Respecto a los signos de recuperación no hubo unanimidad. El conseller Antoni Castells desconfió de que esos famosos «brotes verdes» sean lo suficientemente buenos para marcar un cambio de tendencia. El responsable de Economía recogió el guante lanzado por Alemany y se comprometió a llevar a cabo las reformas necesarias aunque no sea electoralista. Precisamente el presidente del Instituto de la Empresa Familiar, Simón Pedro Barceló, avisó del riesgo de que la «crispación política» perjudique a la economía. Para Alfredo Sáez, consejero delegado del Santander, «el final de la crisis puede no estar lejos, pero no podemos esperar una recuperación fuerte, porque continuará el proceso de desendeudamiento de empresas y familias y porque habrá que digerir la resaca de los estímulos públicos que han puesto en marcha los gobiernos».
No hay comentarios »
|