Consejos

Cómo actuar ante la Gripe A

Según Juan Gérvas (Licenciado y Doctor en Medicina por la Universidad de Valladolid), ante la gripe A, debemos actuar con mucha tranquilidad y paciencia.gripe-a

A continuación reproducimos aquí, la carta abierta que este médico rural envía a la ministra y consejeros de Sanidad, con copia a sus pacientes.

ANTE LA GRIPE A, CARTA ABIERTA A LA MINISTRA Y A LOS CONSEJEROS DE SANIDAD

Con el debido respeto, ruego que escuchen a este médico general rural preocupado por el pánico desatado ante la epidemia de gripe A. Es preocupación clínica y social, pues se refiere tanto a la atención a los pacientes como al impacto en la estructura social, laboral y económica de un pánico que tendrá peores consecuencias que la propia epidemia de gripe A.

CONSIDERACIONES

Conviene recordar que el Gobierno de Canadá se planteó dos objetivos ante la gripe aviar, 1/ disminuir su impacto en mortalidad y 2/ mantener la estructura social. No es una visión improbable la de un país sumido en el caos, parado por cierres de escuelas y centros de trabajo, con las urgencias y servicios médicos colapsados, con falta de atención a otros problemas de salud incluso graves, como infartos de miocardio y apendicitis (sin hablar de los errores tipo retrasos en el diagnóstico de meningitis por confusión con la “omnipresente” y deslumbrante gripe A).

Y, sin embargo, la gripe A es enfermedad benigna, con menos mortalidad que la gripe estacional (la de todos los años). Lo sabemos ya con datos, por la experiencia del invierno en los países del hemisferio sur. La diferencia es responder como Argentina (pánico y descontrol absoluto) o como Australia (organización y eficacia). Según los cálculos más ciertos podemos esperar como máximo unos 500 fallecimientos por gripe A, frente a los más de 1.500 anuales por la gripe estacional. Por ello, habrá menos muertos en todos los grupos de edad con la gripe A que con la gripe estacional. Para disminuir la mortalidad habrá que tratar adecuadamente a los casos que se compliquen. Lastimosamente la vacuna prometida llegará tarde, y no deja de ser una vacuna cuya eficacia desconocemos. Hasta que no haya más conocimiento muchos ni nos la pondremos ni la recomendaremos.

Respecto a las embarazadas, siempre se han visto más afectadas por la gripe, especialmente en el tercer trimestre, por los cambios cardio-respiratorios que provoca la ocupación del abdomen por el útero grávido. La gripe A no cambia nada respecto a la gripe estacional; habrá la misma proporción de ingresos, y menos muertes que con la gripe estacional. La embarazada puede y debería llevar la vida sana que siempre se le ha recomendado, lo que incluye continuar con su vida normal, familiar y laboral. La gripe A no provoca abortos ni malformaciones del feto. Estar embarazada no aumenta la probabilidad de contagiarse por gripe A.

La selección de personas por sus “factores de riesgo” es cuestión discutible pues los factores de riesgo ni son necesarios ni son suficientes para explicar las complicaciones. Por ejemplo, hasta el 70% de los niños que mueren por gripe estacional carecen de factores de riesgo definidos.

La predicción sobre la evolución de la gripe A debería basarse en lo que sabemos de esta propia epidemia y de pandemias previas. Por ello lo previsible es una onda de rápido contagio. Hablar de otras posibilidades es ignorancia, fantasía, irresponsabilidad o maldad. Es absurdo recordar epidemias de gripes de cuando ni había una cobertura pública sanitaria ni existían antibióticos para tratar las neunomías que las complican.

PROPUESTAS

Dejen de organizar protocolos y de promover medidas de recepción a los pacientes de probable gripe A que carecen de sentido. Es absurdo el aislamiento en urgencias y en los centros de salud de los pacientes con fiebre y síntomas de gripe. Durante la epidemia los griposos estarán en todos sitios y las medidas de aislamiento son innecesarias en los centros sanitarios. Sólo contribuyen a crear alarma y pánico.

No promuevan el diagnóstico exacto de la gripe A, excepto para investigación y vigilancia epidemiológica. Las pruebas de detección rápida son poco fiables, e inútiles. El seguimiento es el mismo sea gripe A, gripe estacional, o cualquier otra infección respiratoria.

Dejen que los médicos clínicos hagan su labor. Llevan años atendiendo a los pacientes con gripe, y saben hacerlo en las urgencias, las consultas y los domicilios. Los “expertos” poco pueden añadir, salvo colaborar como consultores. La gripe A es más benigna que la estacional, pero concentrará a los enfermos en un periodo breve de tiempo. No conviene hacer grandes inversiones ni cambios, sino reforzar los dispositivos existentes con lógica y sentido común. La buena atención clínica a los casos complicados es tan importante o más que todas las demás medidas juntas. La atención a domicilio debería gravitar sobre los médicos de cabecera que tienen conocimiento y capacidad de decisión respecto a sus pacientes y su entorno familiar. Tengan en cuenta la sobrecarga de trabajo y prevean medidas para compensar las horas extras de trabajo (no todo es gastar en acumular anti-virales y vacunas).

No promuevan excesivamente ni los anti-virales ni la vacuna. Hay dudas razonables sobre sus ventajas, y tienen efectos adversos innegables.

Tengan en cuenta que la gripe A tendrá más impacto en la clase social baja, entre los pobres, marginados, toxicómanos, mal alimentados, mal abrigados y habitantes de viviendas insalubres. Todos ellos tienen menos interés por su salud por lo que habrá que prever medidas pro-activas tendentes a evitar la falta de equidad en la atención a estos pacientes y poblaciones.

No promuevan el uso de mascarillas. Su eficacia es dudosa.

Promuevan el auto-cuidado. Lo importante es que los pacientes y las familias se enfrenten a la gripe A con la misma serenidad y buen hacer que a la gripe estacional. El ser humano ha evolucionado en convivencia con el virus gripal, de forma que hay un excelente cúmulo increíble de normas sensatas de auto-cuidados en la población. Como siempre ante la gripe, los individuos y las familias son capaces de cuidarse sin necesidad de médicos ni de sanitarios.

Faciliten la justificación de la ausencia al trabajo. La gripe dura siete días, y normalmente los tres primeros son los peores. Nada impide que esos tres días se puedan justificar por el propio trabajador, sin necesidad de baja médica (con lo que se ahorra la visita al médico en el 95% de los casos, que serán leves). Y en caso de ausencia más larga, de hasta una semana, facilite la justificación de la baja con un solo documento que se pueda hacer en sólo una visita (según la organización actual se requerirían tres).

Pidan a los medios de comunicación que sean responsables. No tiene sentido transmitir en vivo y en directo cada muerte por gripe A. En vez de 500 parecerán 500.000. Con ello se crea alarma social innecesaria. Tenemos la experiencia de la meningitis C, que desató el pánico por este comportamiento absurdo de los medios de comunicación. La percepción social del riesgo de contagiarse y de morir por gripe A no tiene nada que ver con la realidad. Todos tenemos la culpa, desde la Organización Mundial de la Salud al Ministerio de Sanidad y Política Social, pasando por las Consejerías de Sanidad, los Colegios de Médicos y los medios de comunicación. Y entre todos hay que lograr enmendar este desaguisado antes de que sea tarde. Es clave que la percepción social del riesgo de enfermar y de morir por gripe A corresponda a la realidad, a la de una enfermedad leve, una gripe de menor gravedad que la habitual.

Juan Gérvas es médico de Canencia de la Sierra, Garganta de los Montes y El Cuadrón (Madrid). Profesor Honorario de Salud Pública en la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Madrid, y Profesor Visitante de Atención Primaria en Salud Internacional de la Escuela Nacional de Sanidad (Madrid).

Cómo actuar ante efectos cambiarios (letra,cheque,pagaré) sin fondos

Quienes acepten o tengan un cheque o pagaré en sus manos o se dispongan a aceptar alguno de estos instrumentos en pago de una deuda, es muy importante que se cuiden de que el contenido del documento cambiario cumple todos los requisitos legales y de los derechos, plazos perentorios y los derechos que le asisten: cheques-nulos

La regulación de los efectos mercantiles está recogida en la Ley Cambiaria y del Cheque 19/1985 de 16 de julio.

En caso de que el pago de una deuda se efectúe mediante la entrega de un efecto mercantil (letra de cambio, pagaré, cheque o talón) lo primero que conviene revisar es que dicho efecto cumple las formalidades mínimas exigidas por la Ley.

Ejemplo: nombre del que ha de pagar (librado); nombre de a quién se ha de pagar; fecha del pago o vencimiento (si no se indica se considerará pagadero a la vista); lugar y fecha de expedición y firma del emisor-librador.

También es importante verificar si incluye cláusulas especiales como “No a la orden” (para limitar los efectos del endoso); valor en garantía o en prenda (para cobranza solo); sin gastos o sin protesto (para eximir de levantar el protesto).

Todos estos efectos se pueden endosar o descontar en entidades bancarias para anticipar el cobro de su nominal.

Llegada la fecha de vencimiento el efecto se ha de presentar al cobro en los siguientes plazos:

Letra de cambio: 2 días siguientes hábiles al vencimiento.

Pagaré: 2 días siguientes hábiles al vencimiento.

Cheque Es pagadero a la vista, debiendo presentarlo al cobro en un plazo de 15 días.

La acción cambiaria, en caso de impago, puede ser directa contra el avalista o aceptante o de regreso contra endosantes, librador o cualquier otro obligado, anticipándose al vencimiento cuando se haya denegado el pago o el librado se encuentre en concurso de acreedores.

La falta de pago debe hacerse constar mediante protesto notarial o declaración cambiaria equivalente de la Cámara de Compensación, a través de la oficina en la que se presente al cobro.

Acreditado el impago de la letra o pagaré se pueden interponer las correspondientes acciones cambiarias, teniendo en cuenta que dichas acciones contra los aceptantes prescriben a los tres años del vencimiento, y contra los endosantes y librados, al año desde el protesto o declaración equivalente. Las acciones de un endosante contra otros endosantes o librador prescriben a los seis meses desde el pago o demanda interpuesta contra él.

En caso de cheque las acciones del tenedor contra endosantes, librados o demás obligados prescriben a los seis meses desde la finalización del plazo de presentación.

En conclusión, habrá que presentar al cobro los efectos y en caso de impago interponer las acciones procedentes, todo ello, atendiendo a los plazos perentorios anteriormente indicados.

Nuevos requisitos a las empresas que tengan que litigar contra la Administración

Recientemente el Tribunal Supremo (TS) ha modificado su criterio sobre los requisitos que las empresas deben cumplir para instar un proceso judicial contra la Administración. Así, el TS ahora diferencia entre el mero poder de representación, que tan sólo acredita que el apoderado está facultado para actuar válida y eficazmente en nombre y por cuenta del representado; y la decisión particular de litigar, que tendrá que adoptarse -caso por caso- por el órgano social facultado para ello, entendiéndose que no queda acreditada tal decisión mediante el otorgamiento de un poder general para pleitos. litigar

Por tanto, las sociedades deberán acreditar ante el órgano judicial correspondiente que el acuerdo de interponer ese recurso en particular se ha adoptado por el órgano societario competente, o bien aportar un documento que, además de otorgar la representación con la que actúa el compareciente, incorpore la acreditación de aquel acuerdo. En caso contrario, se inadmitiría el recurso.

Es evidente que esta interpretación del TS podrá conllevar la inadmisión de un ingente número de recursos, por lo que cautelarmente deberá procederse a la oportuna revisión estatutaria al objeto de garantizar el cumplimiento de este nuevo requisito procesal y así poder preservar en sede judicial la defensa de sus legítimos intereses.

Monserrat Cabezas

Licenciada en Derecho / Oficial Notaría

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